Del Viernes, 10 de Octubre de 2025 al Domingo, 19 de Octubre de 2025

Consejo de Gobierno
La Junta aprueba el calendario de fiestas laborales en Castilla y León para el año 2025
Cada municipio establece otros dos festivos hasta 14
La Junta de Castilla y León ha fijado el calendario de fiestas laborales para el próximo año en la comunidad, contando con el apoyo unánime de los agentes económicos y sociales representados en el Consejo Regional de Trabajo.
Así mismo, para la elaboración del calendario se ha tenido en cuenta el respeto a las fiestas tradicionales de Castilla y León y se han efectuado los trámites de participación, audiencia e información pública correspondientes, sin que se haya registrado ninguna objeción a la propuesta de la Consejería.
Cumplidos con todos los trámites, y recabados los informes necesarios, las fiestas laborales, con carácter retribuido y no recuperable en el ámbito de la comunidad para el próximo año son:
- Uno de enero, Año Nuevo
- Seis de enero, Epifanía del Señor
- 17 de abril, Jueves Santo
- 18 de abril, Viernes Santo
- 23 de abril, Fiesta de la Comunidad Autónoma
- 1 de mayo, Fiesta del Trabajo
- 15 de agosto, Asunción de la Virgen
- 12 de octubre, Fiesta Nacional de España, trasladada al lunes 13 de octubre
- 1 de noviembre, Todos los Santos
- 6 de diciembre, Día de la Constitución Española
- 8 de diciembre, Inmaculada Concepción
- 25 de diciembre, Natividad del Señor
Cabe destacar que, al coincidir en domingo, la festividad del día 12 octubre (Fiesta Nacional de España) se traslada al lunes 13, haciendo uso de la facultad que establece la normativa vigente, y con el consenso de los agentes que han participado en la toma de decisión.
En total son 12 las fiestas laborales que recoge el calendario aprobado para toda la comunidad, sin perjuicio de las dos fiestas de carácter local, que corresponde establecer a cada uno de los municipios de Castilla y León, hasta completar un total de 14 fiestas laborales.
La Junta de Castilla y León ha fijado el calendario de fiestas laborales para el próximo año en la comunidad, contando con el apoyo unánime de los agentes económicos y sociales representados en el Consejo Regional de Trabajo.
Así mismo, para la elaboración del calendario se ha tenido en cuenta el respeto a las fiestas tradicionales de Castilla y León y se han efectuado los trámites de participación, audiencia e información pública correspondientes, sin que se haya registrado ninguna objeción a la propuesta de la Consejería.
Cumplidos con todos los trámites, y recabados los informes necesarios, las fiestas laborales, con carácter retribuido y no recuperable en el ámbito de la comunidad para el próximo año son:
- Uno de enero, Año Nuevo
- Seis de enero, Epifanía del Señor
- 17 de abril, Jueves Santo
- 18 de abril, Viernes Santo
- 23 de abril, Fiesta de la Comunidad Autónoma
- 1 de mayo, Fiesta del Trabajo
- 15 de agosto, Asunción de la Virgen
- 12 de octubre, Fiesta Nacional de España, trasladada al lunes 13 de octubre
- 1 de noviembre, Todos los Santos
- 6 de diciembre, Día de la Constitución Española
- 8 de diciembre, Inmaculada Concepción
- 25 de diciembre, Natividad del Señor
Cabe destacar que, al coincidir en domingo, la festividad del día 12 octubre (Fiesta Nacional de España) se traslada al lunes 13, haciendo uso de la facultad que establece la normativa vigente, y con el consenso de los agentes que han participado en la toma de decisión.
En total son 12 las fiestas laborales que recoge el calendario aprobado para toda la comunidad, sin perjuicio de las dos fiestas de carácter local, que corresponde establecer a cada uno de los municipios de Castilla y León, hasta completar un total de 14 fiestas laborales.
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