Redacción Redacción
Martes, 15 de Julio de 2025
El aumento de temperaturas, la baja humedad y los vientos elevan el peligro, activando medidas preventivas extraordinarias

Castilla y León declara la alerta por riesgo de incendios forestales los días 16 y 17 de julio

Se suspenden las autorizaciones para el lanzamiento de cohetes

La Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio de la Junta de Castilla y León ha declarado la situación de alerta por riesgo meteorológico de incendios forestales para los días 16 y 17 de julio. La medida se ha tomado ante las previsiones de la Aemet, que anticipan una situación de gran estabilidad atmosférica en la comunidad, incrementando significativamente el peligro de fuegos.
 
Según la Dirección General de Patrimonio Natural y Política Forestal, se espera un aumento de las temperaturas máximas y mínimas, acompañado de un descenso generalizado de la humedad relativa, que podría caer por debajo del 10-15 %, e incluso del 5 % en puntos del sur. Además, se prevén vientos de entre 25-30 kilómetros por hora, con rachas que podrían alcanzar los 40 en el cuadrante nordeste.
 
Estos factores meteorológicos, sumados al efecto acumulativo de la disminución de la humedad en los combustibles vegetales, incrementan notablemente la probabilidad de ignición y la capacidad de propagación de los incendios. Aunque se espera una ligera mejora en las condiciones a partir del viernes, 18 de julio, con la retirada de la continental sahariana, el riesgo acumulado hace necesaria la activación de medidas preventivas extraordinarias.
 
La declaración de alerta, prevista en la Orden FYM/510/2013, implica la aplicación obligatoria de medidas preventivas complementarias para minimizar los riesgos, añadiéndose a la regulación habitual y sin perjuicio del establecimiento de otras acciones adicionales.
 
La declaración de alerta conlleva la prohibición de encender fuego en el monte en todo tipo de espacios abiertos, así como en zonas recreativas y de acampada, incluso en las áreas habilitadas para ello. Del mismo modo, queda prohibido el uso de barbacoas en espacios abiertos (incluyendo las autorizadas) y se suspenden todas las autorizaciones para el uso del fuego que se hayan otorgado. Igualmente, se prohíbe la introducción y uso de material pirotécnico, y se suspenden las autorizaciones para el lanzamiento de cohetes o artefactos que contengan fuego. Además, se restringe el uso de maquinaria que genere fuego, deflagración, chispas o descargas eléctricas (como sopletes o radiales) en el monte y en la franja de 400 metros que lo circunda, con la única excepción de actuaciones de emergencia o interés general destinadas a la reparación urgente de infraestructuras públicas, siempre que estas hayan sido comunicadas a los Servicios Territoriales de Medio Ambiente y se realicen extremando las precauciones y con los medios necesarios para atajar cualquier conato de incendio.
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