Redacción Redacción
Jueves, 09 de Julio de 2026
Para personas empadronadas en Castilla y León

La Junta publica las bases para hacer efectiva la gratuidad de la primera matrícula universitaria que se podrá solicitar en septiembre

Válida para centros públicos

[Img #32496]
 
 
La Consejería de Industria, Universidades, Empleo y Comercio ha aprobado la Orden IEM/621/2026, de 7 de julio, por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas destinadas al alumnado que curse por primera vez estudios universitarios oficiales de grado en las universidades públicas de Castilla y León.
 
Esta nueva línea de subvención se orienta específicamente a sufragar los gastos por los servicios académicos abonados por el alumnado empadronado en Castilla y León al realizar la matrícula de primer curso de grado en su primer acceso a la educación pública universitaria, avanzando en el proceso de generalizar la gratuidad de la enseñanza en los distintos niveles educativos en la comunidad.
 
La orden de bases establece los aspectos fundamentales por los que se regula la concesión de estas ayudas.
 
La actividad subvencionable consiste en la formalización y pago de una matrícula universitaria de primer curso de grado o, en su caso, de primer curso de alguna modalidad de doble grado, en alguna de las universidades públicas de Castilla y León, siempre que se trate de la matrícula por la que se acceda por primera vez a cursar estudios universitarios oficiales.
 
Como requisito para ser beneficiario, además de los generales para toda subvención (estar al corriente en el cumplimiento de obligaciones tributarias, no estar incurso en situaciones que impidan acceder a la condición de beneficiario...), se exige estar empadronado en un municipio de Castilla y León.
 
El procedimiento de concesión de las ayudas se iniciará de oficio, mediante convocatoria aprobada por orden de la Consejería de Industria, Universidades, Empleo y Comercio. Se prevé que la convocatoria se publique a primeros del mes de septiembre. La convocatoria establecerá el plazo de presentación de solicitudes -se prevé que esté abierto hasta el mes de octubre- y aquellas otras cuestiones no recogidas en las bases reguladoras.
 
El plazo máximo para resolver y publicar la resolución será de seis meses, contados a partir del día siguiente al de finalización del plazo para la presentación de solicitudes. Una vez concedida la ayuda, se procederá a abonar el importe directamente a favor de la persona beneficiaria mediante transferencia bancaria.
Comentarios
Comentar esta noticia

Normas de participación

Esta es la opinión de los lectores, no la de este medio.

Nos reservamos el derecho a eliminar los comentarios inapropiados.

La participación implica que ha leído y acepta las Normas de Participación y Política de Privacidad

Normas de Participación

Política de privacidad

Por seguridad guardamos tu IP
216.73.217.80

Todavía no hay comentarios

Con tu cuenta registrada

Escribe tu correo y te enviaremos un enlace para que escribas una nueva contraseña.