Redacción
Miércoles, 02 de Septiembre de 2026
La medida se extiende del tres al seis de septiembre

La Junta activa la alerta por riesgo extremo de incendios forestales

Se esperan altas temperaturas con valores entre los 35 y los 37 grados

 

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Castilla y León entra este jueves, tres de septiembre, en situación de alerta por peligro meteorológico de incendios forestales, una medida excepcional emitida por la Consejería de Medio Ambiente y Energía que se prolongará hasta el domingo, seis de septiembre. La declaración afecta a la totalidad del territorio autonómico ante un escenario meteorológico especialmente adverso que incrementa el riesgo de inicio y rápida propagación del fuego.

 

La previsión técnica señala la llegada de una masa de aire tropical continental de origen norteafricano impulsada por una dorsal anticiclónica. Este fenómeno provocará un episodio de altas temperaturas con valores que se situarán entre los 35 y los 37 grados, acompañado por un desplome de la humedad relativa por debajo del 15 % en buena parte de la comunidad. A este panorama se suma la presencia de una dana o vaguada al oeste peninsular que favorecerá la formación de tormentas durante el viernes cuatro y el sábado cinco, junto con rachas de viento superiores a los 30-40 kilómetros hora que podrían rebasar los 50 kilómetros hora durante la jornada del sábado.
 

 

Restricciones y prohibiciones durante las cuatro jornadas
Para minimizar los riesgos, la resolución emitida por la Dirección General de Prevención y Extinción de Incendios Forestales establece una serie de medidas preventivas de obligado cumplimiento entre las 00:00 horas del jueves y las 23:59 horas del domingo, entre las que destaca la prohibición tajante de encender fuego en el monte y en cualquier espacio abierto, abarcando las zonas recreativas o de acampada aunque cuenten con instalaciones adaptadas. Paralelamente, se inhabilita el uso de barbacoas en espacios abiertos, al tiempo que quedan en suspenso todas las licencias y autorizaciones previas concedidas para el manejo del fuego.

 

El régimen de restricciones afecta de forma directa al empleo de material pirotécnico, anulando cualquier permiso para la introducción o el lanzamiento de cohetes y artefactos que entrañen riesgo de combustión. Del mismo modo, se prohíbe operar en el monte y en una franja perimetral de cuatrocientos metros con maquinaria cuyo funcionamiento habitual pueda originar chispas, deflagraciones, descargas eléctricas o fuego, como es el caso de radiales, soldadores o sopletes.

 

Quedan al margen de esta última limitación aquellas intervenciones de emergencia dirigidas a la reparación urgente de servicios esenciales e infraestructuras públicas -como el suministro eléctrico, el gas natural o las telecomunicaciones-, siempre que hayan sido notificadas previamente a los Servicios Territoriales de Medio Ambiente y se ejecuten bajo los protocolos de seguridad establecidos. Asimismo, se consiente el empleo de maquinaria autorizada de forma expresa o necesaria para las labores de extinción, debiendo las empresas extremar las precauciones y disponer de medios de intervención inmediata para atajar con celeridad cualquier conato.

 
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