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Miércoles, 23 de Enero de 2013
SAN PEDRO DE VALDERADUEY

La Junta Vecinal actualiza la ordenanza de las ‘suertes’

La Junta Vecinal de San Pedro de Valderaduey ha aprobado la ordenanza reguladora del aprovechamiento agrícola de los bienes comunales de la entidad, perteneciente al Ayuntamiento de Cea. Tendrán derecho a suerte o quiñón todas aquellas personas mayores de edad, empadronados en el municipio de Cea, como residentes en San Pedro de Valderaduey, con residencia habitual en la misma localidad al menos seis meses al año, y con casa abierta.

La Junta Vecinal de San Pedro de Valderaduey ha aprobado la ordenanza reguladora del aprovechamiento agrícola de los bienes comunales de la entidad, perteneciente al Ayuntamiento de Cea.

Dadas las características de los bienes a los que se aplica la Ordenanza, que no permiten el aprovechamiento en régimen de explotación común o cultivo colectivo, la forma de aprovechamiento que se establece es el de lotes o suertes, o quiñones.

Tendrán derecho a suerte o quiñón todas aquellas personas mayores de edad, empadronados en el municipio de Cea, como residentes en San Pedro de Valderaduey, con residencia habitual en la misma localidad al menos seis meses al año, y con casa abierta. Se adjudicará una única suerte o quiñón por cada casa abierta.

No perderán el derecho a suerte o quiñón los vecinos, que teniendo su domicilio y residencia habitual y permanente en San Pedro de Valderaduey, tengan su puesto de trabajo fuera de la localidad.

Tampoco se perderá el derecho a suerte o quiñón por ausencias justificadas de la localidad con carácter eventual como desempeño de cargo público, enfermedad o cualquier otra causa justificada.

Loa adjudicatarios deberán suscribir el correspondiente contrato de aprovechamiento comunal con la Junta Vecinal, que les facultará para efectuar el aprovechamiento.

La distribución de suertes o quiñones se realizará por sorteo entre todos los vecinos con derecho a ellos. Los quiñones sobrantes se subastarán, entre los vecinos con

derecho a suertes o quiñones, mediante el sistema de pujas a la llana.

El plazo de aprovechamiento de los quiñones será de cinco años, que podrá prorrogarse por un año más para la recogida de la cosecha.

El aprovechamiento será exclusivamente agrícola, no pudiendo realizarse ningún otro tipo de actividad, incluida la forestal, ni ningún tipo de construcción, salvo instalaciones propias del uso autorizado.

En concepto de gastos de custodia, conservación y administración de los bienes, se acordará una cuota por la Junta Vecinal, por quiñón y año, que se ingresará en la cuenta bancaria de la Junta Vecinal, por años vencidos en la primera quincena del mes de diciembre. La falta de pago se interpretará como renuncia a continuar con el aprovechamiento por lo que quedará, de forma inmediata la Junta Vecinal, autorizada para disponer del quiñón.

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