Del Viernes, 22 de Agosto de 2025 al Martes, 23 de Septiembre de 2025

Prohibidas las inauguraciones hasta los comicios de mayo
La convocatoria de elecciones frena los 'cortes de cinta' hasta junio
Tampoco se pueden presentar proyectos
La convocatoria oficial de las Elecciones a Cortes Generales 2019 frena en seco cualquier acto que tenga que ver con la inauguración de obras, servicios o la presentación de campañas de carácter institucional.
La Junta Electoral Central ha acordado esta instrucción ante la "simultaneidad" de los procesos electorales del 28 de abril y el 26 de mayo (las municipales) lo que "plantea problemas que hasta ahora no se habían suscitado" y que están dando lugar a "numerosas consultas", según justifica en su escrito.
La normativa que regulara las campañas electorales, (Ley Electoral de Régimen Electoral General-Loreg) prohíbe "organizar o financiar, directa o indirectamente, actos que contengan alusiones a la realización o a los logros obtenidos, o que utilicen imágenes o expresiones coincidentes o similares a las utilizadas en sus propias campañas por alguna de las entidades políticas concurrentes a las elecciones".
Por eso, "desde la convocatoria de elecciones al Congreso de los Diputados y al Senado y hasta la celebración de las elecciones locales, autonómicas y europeas, ningún poder público -sea de naturaleza estatal, autonómica o local- podrá realizar actos o campañas de esta índole".
Tampoco se podrá realizar "cualquier acto de inauguración de obras y servicios públicos o proyectos de estos, cualquiera que sea la denominación utilizada", ha establecido la Junta Electoral.
![[Img #19041]](http://sahagundigital.com/upload/images/03_2019/523_inaugura.jpg)
La convocatoria oficial de las Elecciones a Cortes Generales 2019 frena en seco cualquier acto que tenga que ver con la inauguración de obras, servicios o la presentación de campañas de carácter institucional.
La Junta Electoral Central ha acordado esta instrucción ante la "simultaneidad" de los procesos electorales del 28 de abril y el 26 de mayo (las municipales) lo que "plantea problemas que hasta ahora no se habían suscitado" y que están dando lugar a "numerosas consultas", según justifica en su escrito.
La normativa que regulara las campañas electorales, (Ley Electoral de Régimen Electoral General-Loreg) prohíbe "organizar o financiar, directa o indirectamente, actos que contengan alusiones a la realización o a los logros obtenidos, o que utilicen imágenes o expresiones coincidentes o similares a las utilizadas en sus propias campañas por alguna de las entidades políticas concurrentes a las elecciones".
Por eso, "desde la convocatoria de elecciones al Congreso de los Diputados y al Senado y hasta la celebración de las elecciones locales, autonómicas y europeas, ningún poder público -sea de naturaleza estatal, autonómica o local- podrá realizar actos o campañas de esta índole".
Tampoco se podrá realizar "cualquier acto de inauguración de obras y servicios públicos o proyectos de estos, cualquiera que sea la denominación utilizada", ha establecido la Junta Electoral.
Normas de participación
Esta es la opinión de los lectores, no la de este medio.
Nos reservamos el derecho a eliminar los comentarios inapropiados.
La participación implica que ha leído y acepta las Normas de Participación y Política de Privacidad
Normas de Participación
Política de privacidad
Por seguridad guardamos tu IP
216.73.216.46